Gerente condenado por encubrir una relación de dependencia

La Cámara de Apelaciones revocó un fallo previo y responsabilizó al gerente de una firma mayorista por encubrir la relación de dependencia de una trabajadora, pagar en negro y evadir aportes previsionales. La empresa había cerrado antes de pagar la indemnización.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén revocó un fallo previo y condenó al gerente de una empresa mayorista de indumentaria deportiva por haber cometido fraude laboral contra una ex empleada. 

Los jueces Pablo Furlotti y Patricia Clérici, de la Sala II, determinaron que el directivo encubrió una relación de dependencia real para evadir sus obligaciones laborales y previsionales.

El caso comenzó con una demanda presentada por una trabajadora que ingresó a la empresa en febrero de 2014 pero recién fue registrada en septiembre, en una categoría inferior y como empleada de media jornada, cuando en realidad cumplía horario completo.

La relación terminó en enero de 2017, cuando fue despedida por supuestas faltas menores -como “pintarse las uñas” o “usar el celular”- que no fueron acreditadas en el juicio. En 2024, un fallo de primera instancia ordenó a la empresa indemnizarla. Sin embargo, la compañía había cerrado sus puertas en 2018, impidiendo que la trabajadora cobrara lo que le correspondía.

Ante esto, la denunciante pidió que se extendiera la responsabilidad al gerente de la firma. Argumentó que las irregularidades laborales, la falta de aportes y el cierre posterior del negocio constituían una maniobra fraudulenta. 

También solicitó aplicar la figura jurídica del “levantamiento del velo societario”, que permite responsabilizar directamente a los administradores cuando se utiliza la estructura empresarial para cometer fraudes.

La Cámara dio lugar al planteo y consideró que el gerente tuvo un rol activo en las decisiones que afectaron los derechos de la trabajadora. “Estas conductas perjudican al trabajador, al sistema previsional y fomentan la competencia desleal”, señalaron los jueces en el fallo.

La sentencia marca un precedente importante al recordar que los directivos no están exentos de responsabilidad frente a prácticas irregulares que vulneran derechos laborales.

Fuente: Medios

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