La Ley de Promoción de Inversiones y Empleo, impulsada por el Gobierno de Javier Milei, propone una modificación sustancial en el régimen de vacaciones de los empleados en relación de dependencia. Esta reforma, que sustituye el artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), introduce mayor flexibilidad en el goce del descanso anual, principalmente a través de la posibilidad de su fraccionamiento.
Según el proyecto de reforma laboral, las vacaciones podrán otorgarse en forma fragmentada, un cambio considerado disruptivo respecto a la legislación actual. No obstante, se establece una limitación clara: los períodos de descanso no podrán ser inferiores a una semana.
Otro punto relevante es la mayor flexibilidad que tendrán los empleadores para definir las fechas.
La propuesta indica que el goce de las vacaciones deberá concederse en cualquier momento del año. La fecha de inicio deberá ser comunicada por escrito al trabajador con una anticipación no menor de veintiún días.
En cuanto al tradicional descanso de verano, la ley mantiene una protección, pero la flexibiliza. El empleador deberá garantizar al trabajador el goce total de las vacaciones en una temporada de verano, al menos cada dos períodos.
Sin embargo, la normativa aclara que esta obligación regirá «salvo que el trabajador opte en contrario».
Finalmente, se mantiene inalterado un derecho para aquellos trabajadores casados o en unión familiar que presten servicios para el mismo empleador. En estos casos, las vacaciones deberán otorgarse en forma conjunta y simultánea si así lo requieren los empleados.
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