La Justicia rionegrina reconoció el valor de cuidar a un niño al fijar la cuota alimentaria en 2,5 canastas de crianza

Un fallo del Juzgado Multifueros de El Bolsón tomó como referencia el costo real de criar a un niño y ordenó el pago de una cuota superior a 1,5 millones de pesos, además de asignaciones familiares y escolares.

El Juzgado Multifueros de El Bolsón dictó un fallo que fija una cuota alimentaria equivalente a 2,5 canastas de crianza, más el pago de asignaciones familiares y escolares, con el objetivo de reflejar el costo efectivo de criar a un niño en la Argentina actual y el impacto económico particular que ese proceso tiene en la región patagónica.

Al fundamentar su decisión, la jueza recordó que el Código Civil y Comercial establece la responsabilidad compartida de ambos progenitores en la alimentación, el cuidado y la educación de sus hijos, independientemente de quién ejerza el cuidado personal. En ese sentido, aclaró que la cuota alimentaria no se limita a la alimentación, sino que abarca gastos vinculados a educación, vivienda, salud, esparcimiento y todas aquellas necesidades indispensables para un desarrollo integral.

Uno de los ejes centrales del fallo fue el reconocimiento del valor económico del cuidado diario. El juzgado destacó que la madre asumió de forma exclusiva el cuidado personal del niño, lo que constituye un aporte concreto y cuantificable a su sostenimiento. Ese tiempo destinado al cuidado, señaló la magistrada, debe ser considerado al momento de fijar la cuota alimentaria.

Para determinar el monto, el tribunal utilizó como parámetro la canasta de crianza que elabora el Indec, un indicador oficial que estima el costo mensual de criar a un hijo según su edad. En el caso de niños de entre 6 y 12 años, ese valor ronda actualmente los 586 mil pesos, por lo que una cuota equivalente a 2,5 canastas supera el millón y medio de pesos mensuales.

El fallo también fue categórico al sostener que el obligado al pago no puede ampararse en la falta de ingresos, el desempleo o la existencia de nuevas cargas familiares para eludir su responsabilidad. La obligación alimentaria, afirmó la jueza, exige desplegar todos los esfuerzos necesarios para su cumplimiento y se encuentra regida por el principio del interés superior del niño, de jerarquía constitucional.

Fuente: Medios

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