El Poder Ejecutivo presentó en el Congreso el proyecto de ley denominado Súper RIGI (Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias), una iniciativa orientada a captar inversiones de gran escala en sectores tecnológicos y productivos considerados estratégicos para el desarrollo económico.
A diferencia del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones incluido en la Ley 27.742, la nueva propuesta se enfoca exclusivamente en industrias de vanguardia como inteligencia artificial, biotecnología avanzada, semiconductores y otras actividades innovadoras que actualmente tienen escaso desarrollo en el país.
Según el texto del proyecto, las empresas interesadas deberán realizar inversiones mínimas de 1.000 millones de dólares por proyecto y ejecutar al menos el 20% del desembolso comprometido durante los primeros dos años. Además, deberán constituir un Vehículo de Proyecto Único (VPU), una estructura societaria creada específicamente para desarrollar la actividad promovida y con activos afectados exclusivamente a ese objetivo.

Uno de los puntos centrales del esquema es que los beneficios nacionales estarán condicionados a la adhesión expresa de provincias y municipios, que deberán comprometerse a no crear nuevos tributos locales sobre las inversiones alcanzadas.
El régimen prevé una serie de incentivos tributarios, cambiarios y aduaneros destinados a mejorar la competitividad de los proyectos. En el impuesto a las Ganancias se establece una alícuota fija del 15% junto con un sistema de amortización acelerada para las inversiones realizadas.
En materia de dividendos, la carga tributaria será del 7%, aunque podrá reducirse al 3,5% luego de cuatro años de adhesión al régimen. También se implementarán Certificados de Crédito Fiscal transferibles para cancelar el IVA facturado por proveedores vinculados a las inversiones promovidas.
En el plano aduanero, el proyecto contempla la exención total de derechos de importación para bienes de capital y la eliminación de derechos de exportación para los productos generados por los emprendimientos alcanzados.
El Súper RIGI también incorpora beneficios vinculados al acceso a divisas. Las empresas podrán disponer libremente de un porcentaje creciente de las divisas obtenidas por exportaciones: 20% el primer año, 40% el segundo y 100% a partir del tercero.
Además, no existirá obligación de liquidar en el mercado local las divisas provenientes de aportes de capital o financiamiento externo. En cuanto al régimen laboral, se fija una alícuota única del 10% para las contribuciones patronales correspondientes a nuevas relaciones laborales.
El proyecto garantiza estabilidad normativa por un plazo de 30 años sobre todos los incentivos otorgados, lo que implica que futuras leyes no podrán modificar las condiciones fiscales y regulatorias previstas para las inversiones adheridas. Asimismo, se reconoce el acceso a mecanismos de arbitraje internacional, como el CIADI, la CCI o la CPA, para resolver eventuales disputas con el Estado nacional.
El plazo previsto para adherirse al régimen será de cinco años desde su entrada en vigencia, con posibilidad de prorrogarlo por un año adicional.
Fuente: Medios









