
La controversia surgió luego de que el jurado popular emitiera dos veredictos diferentes en una misma jornada. En una primera instancia, los doce integrantes del jurado concluyeron de manera unánime que Linco era no culpable por inimputabilidad, aunque reconocieron que había sido el autor del homicidio.
La decisión se apoyó en la teoría planteada por la defensa, que sostuvo durante todo el juicio que el acusado padecía un deterioro cognitivo crónico asociado al alcoholismo, condición que le habría impedido comprender la criminalidad de sus actos al momento del hecho.
Tras casi dos horas de deliberación, el jurado comunicó ese primer veredicto y comenzó a retirarse de la sala. Sin embargo, según relató posteriormente el defensor David Fernández, algunos jurados advirtieron dudas luego de escuchar las reacciones de familiares de la víctima presentes en el lugar.
El planteo de la fiscalía
A partir de esa situación, la fiscalía sostuvo que el formulario del veredicto no reflejaba correctamente la voluntad del jurado y solicitó una aclaración para determinar si los integrantes efectivamente habían querido declarar inimputable al acusado.
La querella acompañó el pedido y solicitó que el jurado volviera a expresarse sobre el alcance de su decisión.
Para los representantes del Ministerio Público Fiscal, era necesario despejar cualquier duda sobre el contenido del pronunciamiento antes de dar por concluido el juicio.
La defensa denunció presión e irregularidades
La defensa rechazó de manera categórica el planteo y sostuvo que el juicio había finalizado una vez leído el primer veredicto.
Fernández argumentó que la legislación procesal no permite revisar una absolución mediante ese mecanismo y denunció que algunos jurados fueron influenciados luego de haber emitido su decisión inicial.
Además, cuestionó que el jurado permaneciera varias horas más bajo intervención judicial antes de volver a deliberar y anticipó que impulsará recursos para que el caso sea revisado por tribunales superiores.
La recusación al juez
En medio de la controversia, la defensa recusó al juez Juan Pablo Balderrama, al considerar que había perdido imparcialidad al habilitar una nueva intervención sobre el jurado.
El planteo fue rechazado y posteriormente analizado por la jueza de Zapala, Leticia Lorenzo, quien resolvió que no existían motivos para apartar al magistrado.
La magistrada entendió que las decisiones adoptadas formaban parte de la conducción normal del debate y ratificó la continuidad de Balderrama al frente del juicio.
Un segundo veredicto y una condena
Luego de recibir nuevas instrucciones sobre el alcance jurídico de la inimputabilidad, el jurado volvió a deliberar y emitió un resultado completamente distinto.
En esta oportunidad, declaró a Jorge Linco culpable por unanimidad del homicidio agravado por el vínculo y culpable, por mayoría, del agravante de violencia de género. También lo encontró responsable de las lesiones provocadas a Marcos Gómez Triscuzzi, quien se encontraba junto a Mena la noche del crimen.
Con ese segundo veredicto, el juicio concluyó formalmente y el acusado quedó condenado por el femicidio.
Qué significa la inimputabilidad
La figura de la inimputabilidad fue uno de los ejes centrales del proceso. Desde la defensa sostuvieron que una persona puede ser considerada autora material de un hecho, pero no ser penalmente responsable si carece de capacidad psíquica para comprender la ilicitud de sus actos.
Según Fernández, ese fue precisamente el criterio adoptado inicialmente por el jurado popular antes de que se produjera la controversia que derivó en una segunda deliberación.
Ahora, la defensa anticipó que buscará revisar lo ocurrido ante instancias judiciales superiores, en un caso que podría abrir un fuerte debate sobre los alcances y límites del sistema de jurados populares en Neuquén.
Fuente: Medios









