Cambios en los certificados de licencia por enfermedad: nuevos requisitos y controles obligatorios

La reglamentación establece que los certificados deberán emitirse de forma electrónica a través de plataformas habilitadas.

El Poder Ejecutivo reglamentó aspectos de la Ley de Modernización Laboral 27.802 a través de los Decretos 407/2026, 408/2026 y 409/2026, publicados este lunes en el Boletín Oficial, e introdujo cambios en el sistema de licencias por enfermedad dentro del régimen laboral.

Las licencias médicas por enfermerdad ahora deberán presentarse exclusivamente por la vía digital

Según pudo saber medios, la reglamentación del artículo 210 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que toda indicación de reposo laboral deberá ser emitida por vía digital, con intervención de profesionales habilitados e inscriptos en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) y en plataformas del Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).

Los profesionales que emitan licencias médicas laborales en Argentina ahora deben estar registrados en REFEPS

La norma también prevé mecanismos de control ante diferencias entre el médico del trabajador y la evaluación realizada por el empleador, en cuyo caso se podrá recurrir a juntas médicas oficiales o instituciones públicas y privadas para dirimir el conflicto.

Ahora, tanto el empleador como los trabajadores pueden pedir una junta médica

Con esta reglamentación, el Gobierno formaliza la transición hacia un sistema de licencias médicas completamente digitalizado y con mayores controles administrativos en el ámbito laboral.

Fuente: Medios

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