El Superior Tribunal de Chubut confirmó la prisión perpetua para los asesinos de José Crettón

Ratificó las condenas por el crimen ocurrido en 2022 en El Maitén. El cuerpo de la víctima aún no fue encontrado.

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut confirmó por unanimidad la condena a prisión perpetua para Daniel Andrés Napal y Carlos Julián Peinipil, hallados culpables del asesinato de José Abraham Crettón, el joven desaparecido en agosto de 2022 en la localidad de El Maitén.

Según acreditó la Fiscalía durante el juicio, Napal planificó el crimen y contrató a Peinipil para ejecutarlo. Ambos secuestraron a Crettón, lo trasladaron a un lugar aún no determinado y allí lo asesinaron. La investigación estableció que Napal le disparó dos veces en la cabeza y que Peinipil le provocó un corte en el cuello para asegurar su muerte.

Pese a los años transcurridos desde el homicidio, el cuerpo de la víctima nunca fue hallado.

Un homicidio vinculado a la violencia de género

La Justicia encuadró el caso como un homicidio transversal o vinculado, una figura contemplada en el Código Penal para castigar los asesinatos cometidos con el propósito de causar sufrimiento a una mujer con la que el autor mantiene o mantuvo una relación.

De acuerdo con la acusación, Napal asesinó a Crettón para dañar emocionalmente a su expareja, quien era víctima de violencia de género y había iniciado una relación sentimental con el joven.

Rechazo a la defensa

Los abogados defensores habían solicitado la nulidad del juicio argumentando que el jurado popular había sido influenciado por testimonios relacionados con antecedentes violentos de Napal.

Sin embargo, el Superior Tribunal concluyó que esas declaraciones fueron necesarias para acreditar el contexto de violencia de género que rodeaba el caso y recordó además que la propia defensa había aceptado la incorporación de esos testimonios durante las etapas previas al juicio.

Los ministros también ratificaron la constitucionalidad de la prisión perpetua y sostuvieron que era la única pena posible frente a la gravedad de los hechos probados durante el debate oral.

Con esta decisión se agota la vía ordinaria de revisión dentro de la justicia provincial y ambos condenados continuarán cumpliendo la pena de prisión perpetua.

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