Río Negro actualizó las reglas para los natatorios: habrá nuevas exigencias sanitarias y controles más estrictos

El Consejo Provincial de Salud Pública aprobó una nueva reglamentación para los natatorios públicos, semipúblicos y terapéuticos. La norma incorpora mayores exigencias sanitarias, controles sobre la calidad del agua y un régimen de sanciones para quienes incumplan.

El Consejo Provincial de Salud Pública aprobó una nueva reglamentación para los natatorios de uso público, semipúblico y terapéutico de Río Negro, con el objetivo de fortalecer los controles sanitarios y garantizar condiciones adecuadas de higiene y seguridad.

La normativa establece nuevos requisitos de inscripción, controles periódicos sobre la calidad del agua, obligaciones para los establecimientos y un régimen de sanciones para quienes incumplan las disposiciones.

La autoridad de aplicación será el Departamento de Saneamiento Básico, dependiente de la Coordinación Provincial de Salud Ambiental.

Qué establecimientos alcanza la normativa

La reglamentación comprende las piletas públicas destinadas a actividades recreativas o deportivas, los natatorios semipúblicos utilizados por socios, huéspedes o personas autorizadas, los natatorios terapéuticos destinados a rehabilitación y los spa que cuenten con piscinas, hidromasajes, jacuzzis o saunas.

Todos deberán inscribirse en el Registro Provincial de Natatorios, cuya habilitación tendrá una vigencia de cinco años, o de cinco temporadas en el caso de instalaciones temporarias.

Además, será obligatorio contar con habilitación municipal, un seguro de responsabilidad civil, el pago del arancel correspondiente, un acta de inspección y una declaración jurada del personal responsable de la seguridad de los bañistas.

Guardavidas, accesibilidad y controles del agua

Entre las principales exigencias, la Provincia dispuso que todos los natatorios cuenten con guardavidas o personal de vigilancia de bañistas, una figura prevista para aquellas localidades donde no existan guardavidas profesionales.

También deberán garantizar la accesibilidad para personas con movilidad reducida. Para adecuar las instalaciones habrá un plazo de cinco años, aunque los natatorios terapéuticos deberán cumplir este requisito de manera inmediata.

La reglamentación incorpora además parámetros específicos para la calidad del agua, que deberán controlarse dos veces por día y quedar registrados en una planilla.

Entre otros indicadores, se deberá verificar el nivel de pH, la concentración de cloro residual, la temperatura del agua y la ausencia de bacterias como Staphylococcus y Enterococcus. También será obligatorio disponer de un sistema de filtración que garantice el mantenimiento del agua en condiciones sanitarias adecuadas.

Auditorías y análisis microbiológicos

El cumplimiento de la normativa será supervisado mediante auditorías periódicas y la toma de muestras para realizar análisis microbiológicos, con el fin de prevenir enfermedades asociadas al uso de estos espacios.

Además, el personal encargado de la vigilancia de los bañistas deberá acreditar una reválida anual de sus capacidades y brindar cobertura durante todo el horario de funcionamiento del establecimiento.

Multas, suspensión y clausura

La nueva reglamentación también establece un régimen de sanciones para los establecimientos que incumplan las exigencias.

Las penalidades comenzarán con un apercibimiento, pero podrán incluir multas económicas, suspensión temporal de las actividades en casos de reincidencia o infracciones graves y, en las situaciones de mayor riesgo sanitario, la clausura del establecimiento.

Con estas modificaciones, Salud Pública busca reforzar el control de los natatorios de la provincia y reducir los riesgos para quienes utilizan estos espacios recreativos, deportivos y terapéuticos.

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