Las empresas y comercios de Río Negro que incorporen jóvenes de entre 18 y 29 años a su primer empleo formal podrán acceder a beneficios impositivos otorgados por el Gobierno provincial. La medida busca reducir el costo laboral para los empleadores y facilitar el ingreso de jóvenes al mercado de trabajo.
El esquema quedó formalizado con la reglamentación de la Ley 4813 de Empleo Joven, que establece incentivos para las empresas que contraten a jóvenes residentes en la provincia, desempleados y que busquen acceder a su primera experiencia laboral registrada.
Además de promover la contratación, el programa contempla prácticas profesionalizantes rentadas en el sector privado, con acompañamiento y capacitación para los jóvenes. A cambio, las empresas reciben asistencia estatal para afrontar parte de las cargas laborales.
La secretaria de Trabajo de Río Negro, María Martha Avilez, explicó que si bien el régimen alcanza a personas de hasta 29 años, el objetivo está especialmente puesto en los jóvenes de hasta 23 años, debido a que es el grupo que, según las estadísticas oficiales citadas por el organismo, presenta mayores dificultades para ingresar al mercado laboral.
“Tenemos consultas de pequeños y medianos comerciantes que es el núcleo duro al que queremos apuntar, que están en la zona de los grandes proyectos energéticos y ofrecen servicios”, señaló Avilez.
Según indicó la funcionaria, hasta el momento alrededor de 500 jóvenes realizaron consultas para conocer cómo acceder a su primer empleo formal y participar del programa provincial Empleo Joven.
Cómo funciona la ayuda estatal
El programa tiene como objetivos promover la inserción laboral, la capacitación, el fortalecimiento de la empleabilidad y el desarrollo de trayectorias laborales sostenibles para jóvenes rionegrinos.
Para eso, el Estado provincial ofrece herramientas de formación profesional, certificación de competencias y acompañamiento durante el proceso de incorporación laboral.
La iniciativa estará articulada a través del Servicio de Empleo Rionegrino, que contará con un formulario específico para que empresas y comercios puedan postularse para incorporar jóvenes.
Uno de los principales beneficios para los empleadores será la cobertura de parte de las cargas laborales. De acuerdo con la reglamentación, el Gobierno provincial podrá asumir entre el 50% y el 75% del costo de las cargas patronales, según las características de cada caso.
Avilez aclaró que la Provincia no paga los salarios, sino que se hace cargo de parte del costo laboral. Como ejemplo, mencionó el caso de una trabajadora del sector hotelero con un salario básico de $1,6 millones: sobre ese monto, el Estado asumiría alrededor de $680.000 correspondientes a las cargas laborales.
La Secretaría de Trabajo también busca ampliar la participación del sector privado mediante acuerdos con cámaras y entidades empresarias. En las últimas semanas se firmaron convenios con organizaciones de Bariloche, entre ellas la Cámara de Turismo, la Federación de Empresas y Entidades, la Asociación Hotelera y Gastronómica y la Asociación de Hoteles de Turismo de cuatro y cinco estrellas.
Qué beneficios impositivos reciben las empresas
La reglamentación de la Ley 4813 establece un Registro Único de Beneficiarios del Régimen Especial de Beneficios Fiscales para la Promoción del Empleo de Jóvenes Rionegrinos.
Una vez inscriptas y cumplidos los requisitos, las empresas podrán acceder a créditos fiscales calculados sobre las contribuciones patronales efectivamente abonadas.
Esos créditos podrán utilizarse para cancelar obligaciones correspondientes a tres impuestos provinciales:
- Ingresos Brutos.
- Impuesto Inmobiliario.
- Impuesto Automotor.
En el caso de Ingresos Brutos, el crédito fiscal no podrá superar el 50% del impuesto determinado en cada anticipo mensual.
Para acceder al beneficio sobre los impuestos Inmobiliario y Automotor, los bienes deberán estar registrados a nombre del beneficiario y afectados al desarrollo de la actividad económica contemplada por el programa.
Las empresas interesadas deberán, además, acreditar su inscripción regular ante los organismos fiscales nacionales, provinciales y municipales, junto con el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales.
El régimen también contempla controles posteriores. La autoridad de aplicación podrá dar de baja los beneficios fiscales en caso de que el empleador incumpla las obligaciones establecidas por la normativa.
Fuente: Medios.















