La condena por abuso sexual con acceso carnal seguido de muerte por suicidio de Ludmila, una adolescente de 14 años todavía tiene un largo recorrido judicial por delante. Después de una nueva audiencia, la defensa del tío de la joven, Julio Cayetano Flores quedó a la espera de que se conforme el Tribunal de Impugnación que deberá revisar el veredicto del jurado popular de Cutral Co que declaró culpable al hombre a pesar de que el ADN no corresponde a Flores.
La última instancia previa tuvo como objetivo verificar y discutir la prueba que podrá ser utilizada durante la instancia de impugnación. Es decir, no se trató todavía de una revisión del veredicto ni de una audiencia en la que se resolviera la situación de Flores, sino de una instancia preparatoria para determinar qué elementos podrán ser considerados por los jueces que revisen la condena y dejó un nuevo motivo de controversia.
“Rechazaron todo lo que habíamos ofrecido como prueba alternativa”, afirmó Mariano Gambazza sobre la decisión del juez Ignacio Pombo de rechazar la prueba alternativa sobre el caso que conmocionó a Plaza Huincul y que pretendían incorporar los abogados defensores.
Uno de los representantes legales de Flores sostuvo que quedaron afuera testimonios y elementos técnicos que, desde su perspectiva, resultan fundamentales para revisar lo ocurrido durante el juicio. Entre ellos, mencionó la declaración de seis testigos que la defensa considera que fueron coaccionados por la Fiscalía, la exposición de un médico legista con cuatro décadas de trayectoria en el Poder Judicial y documentación vinculada a una integrante del jurado que era la hija de una de las víctimas de NAO cuyo caso quedó impune.
A partir de este miércoles en diez días debería quedar conformado el Tribunal de Impugnación. Recién entonces se conocerán los nombres de los magistrados que intervendrán y la fecha en la que se realizará la audiencia para analizar los planteos de la defensa.
El ADN que no coincide y la prueba que la defensa quiere discutir
Durante el juicio, el Ministerio Público Fiscal, con el fiscal jefe Gastón Liotard, la fiscal del caso Ana Mathieu y la asistente letrada Valeria Ceballos, sostuvo que la adolescente, de 14 años, “estaba inmersa en una situación de vulnerabilidad” y que el lunes 22 de julio de 2024, “el día del ataque, la única persona que le pudo causar las lesiones fue J.C.F.; él era el único varón en el domicilio”. Con esa hipótesis, la fiscalía argumentó que “lo hizo alrededor de las 17 y entre ambos surgió una discusión: el motivo fue una transferencia de dinero efectuada por la adolescente, de 14 años, a través de Mercado Pago”.
El principal cuestionamiento de Gambazza vuelve a concentrarse en que el perfil genético hallado en las muestras no corresponde a Flores, como demostraron dos estudios de laboratorio. “El resultado no dice que no hubo abuso. Dice que hubo abuso, que hubo lesión, pero que no corresponde a la persona que están imputando”, explicó nuevamente luego de dos años del inicio del proceso judicial.
“El 20 de diciembre, la fiscalía pide una segunda contra pericia que en marzo de este año determina que sigue siendo negativa. Es muy llamativo en cuanto que son fiscales que tienen experiencia, una vez que te da negativa no podés hacer más nada”, indicó el abogado defensor criticando el proceso judicial.
Además, señaló que la directora del prestigioso laboratorio, Silvia Vanelli Rey fue citada a declarar y la fiscalía le cuestionaba que la prueba inmunogenética estaba contaminada: “cuando el fiscal le pregunta cómo es el nivel de fiabilidad, ella demuestra su profesionalidad, realiza 500 a 600 pericias por año con una trayectoria de 15 años”.
Para la defensa, esa diferencia es central porque el Ministerio Público Fiscal conocía el resultado de los estudios desde diciembre de 2024 y, aun así, no profundizó otras líneas investigativas antes de avanzar hacia el juicio.
En este sentido, Gambazza cuestionó que no se hayan agotado otras medidas, como el análisis de teléfonos celulares y computadoras que nunca se realizaron, para reconstruir los contactos de la adolescente, sus vínculos y los movimientos previos al hecho para así tener otras personas para cotejar el perfil genético encontrado en la joven.
“Si la prueba genética de Flores dio negativa, había que investigar. Había que revisar los celulares, determinar cuál había sido el último contacto, con quién estuvo y quiénes eran sus amigos. Eso no se determinó”, sostuvo.
El abogado también indicó que hubo intervención de profesionales para analizar los elementos científicos. En particular, mencionó la ratificación de los resultados por parte de la directora del centro donde se realizaron los estudios y la intervención de especialistas forenses.
Rechazaron la declaración de un médico legista con 40 años de experiencia
Otro de los puntos que generó controveria fue la exclusión de Antonio Abraham, médico legista con aproximadamente 40 años de trayectoria en el Poder Judicial.
Según explicó Gambazza, el profesional había sido propuesto para declarar sobre la prueba inmuno genética y aspectos vinculados a pericias forenses respecto del comportamiento psicológico y social que podían permitir desestimar el perfil de Flores como responsable de un abuso.
“Ya no lo habían dejado declarar en el juicio y cuando lo llevábamos a la impugnación tampoco lo dejaron”, cuestionó. La defensa también había propuesto la declaración de seis personas que, según su planteo, fueron coaccionadas por integrantes de la Fiscalía. Además, buscaba incorporar documentación vinculada a una integrante del jurado popular. Para Gambazza, la exclusión de esos elementos limita la posibilidad de demostrar las irregularidades que denuncia en el desarrollo del debate.
Cabe recordar que la defensa cuestiona que la decisión no haya sido unánime y sostiene que durante el debate se produjeron situaciones que afectaron la imparcialidad del proceso. El abogado calificó lo ocurrido como un “ensañamiento” para sostener errores que, según su interpretación, cometió el Ministerio Público Fiscal durante la investigación.
Para la defensa, el jurado popular habría sido influido por el contexto emocional del caso. “Se lo juzgó por comentarios o apariencia, y sobre todo con el dolor de toda la familia”. En este sentido, al tiempo que la familia recalcaba que la relación entre tío y sobrina era buena, los testimonios de algunas personas que declararon señalan que “era raro” que el tío viviera con la familia, o subrayaban que era introvertido.
Y agregó: “El jurado estuvo inducido directamente por el Ministerio Público Fiscal”. También cuestionó que Gabriela, la madre de la adolescente, no pudiera constituirse como querellante durante la investigación porque se lo negaron. “Presentó el pedido y fue denegado. Llegó hasta el Tribunal de Impugnación”.
Uno de los hombres llamados a declarar en el juicio es un profesor de 28 años de la EPET 10 y del CPEM 58, quien reaccionó a historias de Ludmila de 14 años con emojis de “cara de enamorado”, “muy bonita”, “muy desarrollada”. “Eso le pareció inapropiado, se lo recriminó a él, no lo denunció y se arrepiente de ello, no le dijo a la madre”, recuperó la jueza.
La declaración de inconstitucionalidad de la jueza Barbé al veredicto del jurado popular
El 7 de noviembre, el jurado popular de Cutral Co declaró culpable al acusado por ocho votos de doce por el delito de abuso sexual con acceso carnal seguido de muerte, agravado por la convivencia preexistente y por ser una menor de edad. La jueza técnica, Laura Barbé, había redactado una serie de advertencias sobre el desarrollo del juicio.
Entre esas observaciones, Barbé señaló que durante los alegatos tanto el Ministerio Público Fiscal como el organismo de protección de derechos utilizaron expresiones de alto impacto emocional —como referirse a la víctima fallecida como “la tiraron afuera como carne podrida”— e incluso atribuyeron al acusado hechos que no formaban parte de la imputación, como una supuesta penetración anal nunca incluida en la acusación original. La jueza advirtió que estas prácticas podían inducir al jurado a decisiones basadas en subjetividades y no en la prueba producida durante el debate.
Luego de la declaración de culpabilidad, en el juicio de cesura el caso dio un giro clave y sin antecedentes en Neuquén: la jueza técnica Laura Barbé declaró la nulidad del veredicto de culpabilidad dictado por el jurado popular y dejó sin efecto la audiencia de cesura que debía fijar la pena de prisión perpetua.
La jueza indicó que los hechos de abuso sexual seguido de muerte no estaban controvertidos, es decir, se probó que la joven fue violada y luego se suicidó, pero no quién lo hizo.
Uno de los puntos centrales para afirmar que “los acusadores presentaron dificultades en acreditar la autoría de Flores” ya había sido señalado por la defensa: la ausencia de material genético del imputado en las pericias. En su fallo de nulidad de la condena la jueza se pregunta: “¿La prueba de ADN incrimina a Flores? La conclusión es que de todos los análisis detallados por la experta no se encontró ADN de Julio Cayetano Flores”.
En cuanto a la acusación de fiscalía la jueza indicó: “Resulta llamativo que luego del contundente testimonio de la Dra. Jara, (quien señaló que la muestra tomada dio positivo a nivel anal) la Fiscalía no acusó por acceso carnal por vía anal, sólo por vía vaginal. “¿Cabe preguntarse quién accedió vía anal a Ludmila si los acusadores no le achacan ese hecho al Flores? ¿Hubo entonces otra persona implicada? ¿Es un error en la acusación? Son preguntas, son dudas”, afirmó.
Un pasaje clave del fallo subrayó: “Una acusación por hechos de tan extrema violencia, con pretensión de pena de prisión perpetua, no merecen ser tratados de manera cuanto menos más prolija y cuidadosa en cuanto a la imputación? ¿Puede esta situación haber llevado a confusión al jurado?”.
Por otro lado, se preguntó: “¿Es posible que ante tan grave agresión sexual (conforme la descripción de la Dra. Jara) nadie escuche nada siendo que en la casa se encontraba la madre y la hermanita de Ludmila?
Flores sigue en libertad y se presenta todas las semanas ante la Justicia
Finalmente, se anuló el fallo de Barbé y se lo condenó a perpetua, pero el fallo está lejos de quedar firme. Mientras se espera la conformación del Tribunal de Impugnación, Flores continúa en libertad, así como durante el juicio, y debe presentarse todos los miércoles en la sede judicial para ratificar su domicilio y acreditar que permanece en la zona.
Gambazza remarcó que su defendido se presentó voluntariamente durante todo el proceso y que nunca dejó de estar a disposición de la Justicia. “Es una persona inocente que no tiene nada que esconder”, afirmó el abogado, quien también cuestionó los criterios utilizados para evaluar la situación procesal de su representado.
Luego de la declaración de culpabilidad no existieron pedidos de prisión preventiva ni de colocación de una tobillera electrónica por parte del Ministerio Público Fiscal siendo que la pena es de prisión perpetua. Algo que contrasta con la conducta del MPF en otros casos aberrantes de abuso sexual con la máxima pena como el empresario condenado por abusar sexualmente a su hijastra para el cual pidieron la preventiva hasta el juicio de cesura. Pese a que Impugnación le otorgó la prisión domiciliaria, tas los reclamos de vecinos se dio marcha atrás y esperó la condena en preventiva la condena.
El recorrido judicial de Flores todavía es imprevisible. Si el Tribunal de Impugnación rechaza los planteos, Gambazza anticipó que recurrirán al Tribunal Superior de Justicia de Neuquén y, de ser necesario, a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Por ahora, la próxima instancia será decisiva para determinar cuándo y bajo qué jueces se revisará una condena que quedó bajo cuestionamiento por la controversia en torno a la prueba genética, la anulación de Barbé al veredicto, las objeciones de la defensa al desarrollo del juicio.
Mientras tanto, Gambazza asegura que la familia de la víctima a la que se le negó la conformación de una querella para la investigación y el juicio, esperan que la condena a Flores no quede firme porque si no se realiza una nueva investigacion y un nuevo juicio, no podrán saber la verdad sobre quién abusó a Ludmila.
Fuente Medios




















