La Justicia prohibió viajar en avión y ver a Boca a un neuquino que no paga la cuota alimentaria

La medida fue dictada por un juzgado de Familia ante el incumplimiento reiterado del padre de una niña. Las restricciones regirán por un año o hasta que cancele la deuda y buscan garantizar el derecho alimentario de la menor.

La Justicia de Neuquén resolvió aplicar una medida excepcional contra un hombre que mantiene una deuda alimentaria con su hija y no cumplió con las obligaciones fijadas judicialmente. Mientras permanezca como deudor, tendrá prohibido viajar en avión y no podrá ingresar a estadios donde juegue Boca Juniors.

La resolución fue dictada por un juzgado de Familia luego de un pedido realizado por la defensora pública Civil, Verónica Berzano, en representación de la madre de la niña.

Medidas anteriores no lograron revertir el incumplimiento

Antes de llegar a esta instancia, la Justicia ya había dispuesto otras medidas contra el hombre, entre ellas el embargo de cuentas digitales y su incorporación al Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Sin embargo, pese a esas acciones, el incumplimiento continuó. Por ese motivo, la Defensoría Pública Civil Nº 5 solicitó avanzar con medidas que tuvieran un impacto concreto sobre las actividades personales y recreativas del demandado.

Uno de los elementos considerados por la Justicia fue que el hombre había expresado su intención de viajar en avión a la Ciudad de Buenos Aires para asistir a un partido de Boca Juniors.

Desde la defensa señalaron que existía una contradicción entre esa intención y el argumento del progenitor de no contar con recursos económicos para cumplir con la cuota alimentaria.

El derecho de la niña como prioridad

Al analizar la situación, el juez destacó que la obligación alimentaria constituye un derecho humano fundamental y se encuentra protegida por la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño y el Código Civil y Comercial.

El magistrado remarcó que la cuota alimentaria no contempla únicamente la alimentación, sino también otros aspectos esenciales para el desarrollo integral de la niña, como vivienda, educación, salud, vestimenta y esparcimiento.

La Justicia habló de violencia económica

El fallo también consideró que la conducta del hombre configura una situación de violencia económica hacia la madre de la niña, al obligarla a asumir sola los gastos de crianza y recurrir reiteradamente a la Justicia para reclamar el cumplimiento de una obligación legal.

La prohibición de viajar alcanzará tanto vuelos nacionales como internacionales. Además, el hombre no podrá ingresar a estadios donde Boca Juniors dispute encuentros oficiales.

Para hacer efectiva la medida, el juzgado ordenó notificar a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), empresas aerocomerciales y a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).

Fuente: Medios

Publicidad

Últimas noticias