El Gobierno nacional logró la aprobación de la Reforma Laboral en el Congreso, que introduce modificaciones profundas en la Ley de Contrato de Trabajo y normas complementarias. Desde la Casa Rosada destacaron que la medida tiene como objetivos reducir la litigiosidad, fomentar el empleo formal y modernizar las relaciones laborales de acuerdo con los nuevos modelos productivos.
La ley aprobada incorpora cambios en aspectos centrales del derecho laboral, como el cálculo de las indemnizaciones, la implementación del banco de horas, la creación de nuevos mecanismos de negociación salarial y una reorganización del régimen de vacaciones, otorgando mayor flexibilidad tanto a trabajadores como a empleadores.

Indemnizaciones: nuevo cálculo y posibilidad de pago en cuotas
Uno de los ejes de la ley es la modificación del sistema de indemnizaciones por despido sin causa. Se mantiene la regla general de un mes de sueldo por cada año trabajado, pero se redefine la composición del salario base para el cálculo.
Con la aprobación de la norma, no se incluirán conceptos no mensuales, como el aguinaldo, las vacaciones o premios extraordinarios, en la base indemnizatoria. Además, ante sentencias judiciales, se habilita el pago en cuotas de las indemnizaciones: hasta seis pagos para grandes empresas y hasta doce para PyMEs.

La norma también abre la puerta a reemplazar la indemnización tradicional por sistemas alternativos, a través de convenios colectivos. Entre ellos se destacan:
- Fondo de Cese Laboral: se financia con aportes mensuales del empleador durante la relación laboral. Al finalizar el vínculo, el trabajador accede al monto acumulado.
- Fondo de Asistencia Laboral (FAL): el empleador deposita mensualmente un equivalente a tres puntos del porcentaje que aporta a ANSES para la jubilación. Ese fondo funciona como respaldo ante despidos.
Banco de horas y flexibilización de la jornada
La iniciativa incorpora el denominado “banco de horas”, un sistema que permite adaptar la jornada laboral a los picos de actividad. El esquema posibilita trabajar más horas en períodos de mayor demanda y compensarlas luego con francos o jornadas reducidas.
El Gobierno aclaró que este mecanismo no reemplaza las horas extras y que su aplicación deberá ser voluntaria. Cada acuerdo deberá establecer límites, modalidad y mecanismos de control para garantizar el registro efectivo del tiempo trabajado.

Salarios “dinámicos” y negociación por empresa
Otro punto relevante es la propuesta de avanzar hacia “salarios dinámicos”, que implicaría cambios en el sistema de negociación colectiva.
Actualmente, los convenios y paritarias eran nacionales por rama de actividad. La norma plantea que los convenios por empresa establezcan los beneficios mínimos y que luego cada firma pueda negociar condiciones particulares con los gremios, teniendo en cuenta su tamaño y la región en la que opera.

Vacaciones más flexibles y posibilidad de fraccionamiento
La ley aprobada también introduce modificaciones en el régimen de vacaciones. El período anual deberá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque empleador y trabajador podrán pactar fechas diferentes según sus necesidades.
Se establece la posibilidad de dividir las vacaciones en tramos no menores a siete días y se garantiza que cada empleado pueda disfrutar del descanso en temporada de verano al menos una vez cada tres años.
En caso de enfermedad durante las vacaciones, los días pendientes deberán reprogramarse automáticamente. Además, las empresas estarán obligadas a notificar por escrito la fecha de inicio con un mínimo de 21 días de anticipación.
Con la aprobación definitiva de la norma, la reforma se convierte en una ley que impacta de manera directa en aspectos centrales de las relaciones laborales en todo el país.
Fuente: Medios.







