Un fallo ejemplar: condenan a Coto por humillar a una clienta en Neuquén

Una clienta fue obligada a mostrar su cartera sin aviso ni normativa que lo respaldara. La Justicia consideró que el procedimiento fue abusivo y ordenó resarcirla.

Un Juzgado Civil de Neuquén falló a favor de una clienta que, en abril de 2023, sufrió un procedimiento considerado abusivo dentro de una sucursal de Coto en la capital provincial. La acción judicial fue impulsada por la Defensa Pública Civil de Gestión Patrimonial, que denunció que la mujer fue sometida a un trato indigno y sin respaldo legal.

El conflicto comenzó cuando, al llegar a la línea de cajas, la consumidora fue obligada a mostrar el contenido de su cartera. La exigencia no estaba respaldada por ninguna norma ni advertencia previa al ingreso, lo que motivó su negativa. Ante esa situación, el personal del hipermercado llamó a la policía y la discusión derivó en un episodio tenso, con gritos y forcejeos, que terminó con la clienta vaciando sus pertenencias frente a clientes y empleados. 

Según la demanda, la mujer quedó expuesta a “un contexto de humillación pública” y sufrió además un dolor físico en el brazo.

En la presentación judicial, la clienta calificó el hecho como “un atropello y una práctica abusiva”, mientras que la Defensa Pública remarcó que la empresa incumplió su deber de informar de manera clara y anticipada a los consumidores y, sobre todo, de garantizar un trato digno.

La jueza interviniente coincidió con ese planteo. En su resolución, subrayó que el supermercado violó los principios de la Ley de Defensa del Consumidor y de la Constitución Nacional, al tiempo que remarcó que la firma no se presentó en el proceso ni respondió a la demanda, lo que implicó un “grave desinterés” frente a los derechos de la afectada.

En consecuencia, el fallo ordenó al hipermercado pagar una indemnización por daño moral y aplicar un daño punitivo por considerar la conducta empresarial como de “culpa grave”.

Si bien en primera instancia se fijó un monto indemnizatorio, la Defensa Pública apeló por considerarlo insuficiente. La Cámara de Apelaciones revisó el caso y dispuso elevar la suma del resarcimiento económico a favor de la consumidora.

Fuente: Medios.

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