El gobierno de Neuquén aprobó la reglamentación de la Ley 3531, que establece la obligatoriedad de los exámenes toxicológicos como requisito para la permanencia en cargos públicos.
La medida quedó formalizada a través del decreto firmado por el gobernador Rolando Figueroa y fue publicada en el Boletín Oficial.
La norma busca fortalecer la ética, la idoneidad y la transparencia institucional en el ejercicio de la función pública, garantizando que quienes ocupan responsabilidades en el Estado provincial se desempeñen en condiciones compatibles con sus funciones, libres del consumo de sustancias.
La reglamentación establece los procedimientos a seguir ante eventuales detecciones positivas en los análisis, resguardando el debido proceso administrativo.
Se apoya en los principios establecidos en el artículo 153 de la Constitución provincial, que fija criterios de eficacia, eficiencia, imparcialidad y publicidad en la administración pública.
Fue elaborada con la intervención de la subsecretaría de Recursos Humanos, dependiente del ministerio de Economía, Producción e Industria, junto con áreas legales del ministerio de Salud, la Asesoría General de Gobierno y la Fiscalía de Estado, conforme a lo previsto en la normativa administrativa vigente.
Se trata una iniciativa del gobernador Rolando Figueroa orientadas a fortalecer la transparencia y la integridad en la gestión pública.
En esta línea, el gobierno neuquino viene promoviendo políticas de control, acceso a la información y profesionalización del Estado, con el objetivo de consolidar instituciones más eficientes y confiables para la ciudadanía.
El decreto fue refrendado además por el ministro de Salud, Martín Regueiro y el ministro de Economía, Producción e Industria, Guillermo Koenig.
Algunos detalles de la reglamentación
La reglamentación de la Ley 3531 establece que los exámenes toxicológicos se realizarán de manera sorpresiva, mediante un sorteo trimestral administrado por el Instituto Provincial de Juegos de Azar (IJAN), garantizando imparcialidad y transparencia en la selección de los funcionarios. Cada sorteo abarcará un 12,5% del universo de personas alcanzadas por la ley.
Los análisis se llevarán a cabo sobre muestras de orina y estarán orientados a detectar sustancias psicoactivas prohibidas, incluyendo opioides, cannabinoides, cocaína, anfetaminas, benzodiacepinas y barbitúricos, entre otras. Los funcionarios deberán informar previamente sobre medicamentos o suplementos que puedan alterar los resultados, y, en caso de resultar positivo, tendrán derecho a una contraprueba en laboratorio distinto, así como a la asistencia de un perito bioquímico de su elección. Todo el procedimiento se desarrollará bajo estrictos principios de confidencialidad, protección de datos personales y debido proceso.
Asimismo, la reglamentación define que la Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Salud, que se encargará de supervisar los protocolos, garantizar la trazabilidad de los exámenes y mantener un registro confidencial de los procedimientos. Este marco institucional refuerza la transparencia, la ética y la integridad en la función pública.
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