El Gobierno nacional reglamentó el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), una herramienta destinada a fomentar la inversión productiva de micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), mediante el Decreto 242/2026 publicado en el Boletín Oficial.
La normativa establece los requisitos de acceso, los montos mínimos de inversión, los bienes alcanzados y los beneficios fiscales previstos, aunque el régimen todavía no está operativo a la espera de regulaciones complementarias.
El RIMI apunta a promover el desarrollo económico, fortalecer la competitividad, impulsar exportaciones y generar empleo, con foco en empresas que cuenten con certificado MiPyME vigente al momento de realizar la inversión.

Entre los principales requisitos, se fijan montos mínimos de inversión diferenciados: US$150.000 para microempresas, US$600.000 para pequeñas, US$3,5 millones para medianas tramo 1 y US$9 millones para medianas tramo 2. También podrán acceder entidades sin fines de lucro que desarrollen actividades productivas, bajo ciertos parámetros.
El régimen contempla beneficios fiscales como amortización acelerada y devolución de créditos fiscales, con un esquema que prioriza la devolución del IVA según la antigüedad de los saldos acumulados.
En cuanto a las inversiones alcanzadas, se incluyen bienes de capital y de informática nuevos, excluyendo automóviles, así como obras que se inicien durante la vigencia del régimen o que, al 6 de marzo, presenten un avance inferior al 30%.
Además, se prevé un tratamiento especial —sin monto mínimo de inversión— para proyectos vinculados al sector agropecuario, como sistemas de riego, mallas antigranizo y bienes semovientes.
Los beneficios comenzarán a regir cuando las inversiones generen ganancias gravadas, mientras que los montos en pesos se convertirán a dólares según el tipo de cambio comprador del Banco Nación.
El plazo para ejecutar las inversiones será de dos años desde la entrada en vigencia de las normas complementarias que deberán dictar los organismos correspondientes, entre ellos la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Especialistas del sector destacaron que la reglamentación representa un avance, aunque advirtieron que aún faltan definiciones clave para su implementación. Entre ellas, la habilitación de mecanismos de adhesión, la devolución anticipada del IVA y la validación del avance de obras, aspectos necesarios para que las empresas puedan acceder efectivamente al régimen.
Fuente: Medios







