A partir de un acuerdo, este jueves fue condenada la policía que atropelló a Catalina Galcerán en Plottier, a bordo de un patrullero que conducía a toda velocidad. La niña de 9 años quedó con lesiones gravísimas y secuelas permanentes e irreversibles; y continúa en rehabilitación en Buenos Aires.
La presentación del procedimiento abreviado estuvo a cargo del fiscal del caso Andrés Azar, quien intervino junto al asistente letrado Maximiliano Jávega y a la funcionaria Cynthia Tobares, y tuvo el aval del abogado de la querella, en representación de la familia de la víctima.
La imputada, Camila Rocío Speranza, admitió su responsabilidad en el hecho, por lo que recibió una pena de 2 años y 7 meses de prisión de ejecución condicional, 4 años de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo con motor y reglas de conducta, entre ellas la presentación cuatrimestral ante población judicializada.
Luego de escuchar a todas las partes, juez de garantías Juan Manuel Kees homologó el proceso.
Cómo fue el hecho
De acuerdo con la acusación fiscal, el hecho ocurrió el 19 de noviembre de 2025, alrededor de las 19, en una intersección de calles en Plottier. En esas circunstancias, Speranza conducía una camioneta Volkswagen Amarok identificada como móvil policial JP 1521, afectada a la comisaría 46 de Los Álamos, a una velocidad mínima estimada en 72,82 kilómetros por hora, sin sirenas ni balizas encendidas.
La investigación determinó que la agente perdió el control del vehículo al frenar de manera imprudente sobre la intersección y embistió a dos niñas que circulaban en bicicleta. Una de ellas logró arrojarse del rodado y evitar el impacto, mientras que la otra fue atropellada por el móvil policial.
La niña fue trasladada inicialmente al hospital de Plottier y luego derivada en código rojo al hospital Castro Rendón, donde ingresó con un cuadro de politraumatismos gravísimos, compromiso neurológico, respiratorio y ortopédico, además de shock hemorrágico. Posteriormente fue derivada a la clínica Fleni, en Buenos Aires, donde continúa en tratamiento de rehabilitación.
La conducta fue calificada como lesiones gravísimas culposas agravadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor y por exceso de velocidad, en carácter de autora.
Fuente Medios









