Todo comenzó cuando un perro de raza American Bully y otros animales de la misma familia ingresaron a una propiedad vecina. Allí se encontraron con el perro de los propietarios del terreno y se produjo un enfrentamiento. La pelea tuvo consecuencias graves para ambas familias.
El dueño del terreno tomó una escopeta y disparó contra el American Bully, que murió por un impacto en la cabeza. El perro de la familia que vivía en esa propiedad también murió como consecuencia de la pelea. El episodio enfrentó a los vecinos, que tenían distintas versiones sobre lo ocurrido. Mientras uno sostuvo que había utilizado el arma para proteger a su mascota, el otro consideró que la muerte de su perro había sido injustificada.
El propietario del American Bully y sus dos hijas presentaron una demanda por daños y perjuicios en el fuero Civil de de Roca. Reclamaron una indemnización por la muerte del animal, los gastos veterinarios, las consecuencias emocionales y la pérdida de posibles ingresos por su reproducción.
La jueza hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó al hombre que efectuó el disparo a pagar una reparación económica. Sin embargo, determinó que ambos vecinos habían contribuido al resultado y distribuyó la responsabilidad en partes iguales.
Para tomar esa decisión, la magistrada analizó la conducta de los dos propietarios. Consideró que el dueño del American Bully no había adoptado las medidas necesarias para impedir que sus perros ingresaran a los terrenos vecinos. La falta de un cerramiento adecuado facilitó el enfrentamiento. Al mismo tiempo, sostuvo que el uso de una escopeta había sido desproporcionado.
La sentencia estableció que el ingreso de los perros a una propiedad ajena no justificaba por sí solo el uso de un arma de fuego. La jueza distinguió entre la responsabilidad de quien debía controlar a sus animales y la conducta de quien decidió disparar. Por eso atribuyó un 50% de responsabilidad a cada vecino. También rechazó la demanda contra otras tres personas porque no se acreditó que hubieran participado en los disparos o en la decisión de utilizar el arma.
Para resolver el conflicto, la jueza aplicó las normas del Código Civil y Comercial sobre responsabilidad por daños, la intervención de la víctima en la producción del perjuicio y las condiciones que permiten justificar una conducta para evitar un daño mayor.
También consideró la normativa municipal sobre la tenencia de perros potencialmente peligrosos, que establece obligaciones especiales de cuidado y custodia. En relación con el uso de la escopeta, concluyó que no se habían acreditado los requisitos legales para admitir una situación de necesidad que justificara el disparo.
Otro aspecto central del fallo fue el valor que tienen las mascotas para las familias. La magistrada explicó que, aunque el Código Civil y Comercial considera a los animales como cosas, su importancia no puede reducirse a un precio de mercado. Para fundamentar esa interpretación, recurrió a antecedentes judiciales y al concepto de familia multiespecie, que reconoce los vínculos afectivos entre las personas y sus animales.
Los testimonios demostraron que el American Bully formaba parte de la vida cotidiana de su dueño y que su muerte le había provocado un sufrimiento emocional.
El fuero Civil reconoció una indemnización por daño moral y gastos veterinarios. En cambio, rechazó los reclamos por daño psicológico permanente, tratamiento psicológico y pérdida de oportunidades económicas por la reproducción del perro, porque no se acreditaron los requisitos necesarios.
La pelea entre los perros también dio origen a otras dos causas judiciales. Después del episodio, el dueño del American Bully difundió lo ocurrido en redes sociales y medios de comunicación. Esas publicaciones provocaron nuevos reclamos de la familia vecina, que consideró afectados sus derechos por la exposición pública. La mujer y su pareja iniciaron demandas por separado contra el propietario del perro. En ambas, la jueza les dio la razón y ordenó indemnizaciones.
En el caso de la mujer, consideró que las publicaciones permitieron identificarla y localizar su vivienda, con consecuencias para su intimidad y privacidad. En el caso del hombre que efectuó el disparo, determinó que la difusión de información y los comentarios ofensivos y amenazantes afectaron su honor y privacidad.
La magistrada sostuvo que el derecho a informar sobre la muerte del animal no justificaba la exposición de los vecinos.
Fuente: Poder Judicial de Río Negro.















