La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto un fallo de la Justicia de Tucumán y ordenó que se vuelva a analizar una denuncia por presunta discriminación laboral contra un trabajador de la salud que vive con VIH. El máximo tribunal cuestionó que los jueces provinciales descartaran esa posibilidad sin evaluar debidamente el testimonio de una mujer que afirmó haber tenido en sus manos los análisis médicos del empleado.
El expediente involucra al Sanatorio Pasquini SRL, donde el trabajador, identificado como A. I., aseguró que prestó servicios durante más de dos años sin estar registrado formalmente. Aunque la empresa negó inicialmente la relación laboral, la Justicia finalmente reconoció que existió un vínculo de trabajo.
La resolución fue firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes dispusieron que la causa regrese al tribunal correspondiente para que dicte una nueva sentencia después de revisar las pruebas cuestionadas.
El testimonio que la Corte consideró relevante
Uno de los elementos centrales del expediente es la declaración de una trabajadora que estaba a cargo del área de exámenes preocupacionales del sanatorio. La mujer sostuvo que conoció el diagnóstico del empleado porque tuvo acceso directo a los resultados de sus estudios médicos.
“Yo descubro que él tiene VIH porque tengo el análisis en mis manos; yo manejaba el análisis de los prelaborales”, declaró la testigo, según consta en el fallo.
Para la Corte Suprema, ese testimonio no fue examinado de manera adecuada por los tribunales tucumanos. Los magistrados señalaron que la resolución provincial incluso negó la existencia de una declaración que podía resultar importante para determinar si la institución conocía la condición de salud del trabajador antes de su desvinculación.
El empleado había sostenido que el despido se produjo cuando el personal del sanatorio tuvo acceso a los resultados de sus análisis. A partir de esa presunta relación temporal, reclamó una indemnización por trato discriminatorio, además de los pagos que consideraba pendientes por la relación laboral.
Cómo avanzó la causa en la Justicia tucumana
El expediente pasó por la Sala III de la Cámara del Trabajo de Tucumán, que reconoció parte del reclamo y condenó al sanatorio a pagar haberes adeudados y diferencias salariales. Sin embargo, rechazó otros pedidos, entre ellos la indemnización por antigüedad, los reclamos relacionados con la falta de registración laboral y la reparación por los daños derivados de la presunta discriminación.
El trabajador apeló la decisión, pero la Corte de Justicia de Tucumán confirmó el criterio de la Cámara. Entre sus argumentos, consideró que no existían pruebas suficientes para demostrar que el empleador conocía el diagnóstico y que la desvinculación había sido discriminatoria.
Antes de darse por despedido, el empleado había enviado comunicaciones para exigir que regularizaran su situación laboral, aclararan si continuaría trabajando, abonaran los salarios pendientes y pusieran fin a las conductas que consideraba discriminatorias. Según el expediente, la desvinculación se formalizó mediante un telegrama después de que la empresa no respondiera a sus requerimientos.
Qué deberá resolver ahora la Justicia
Al intervenir en el caso, la Corte Suprema consideró que los jueces debían examinar el planteo de discriminación y las pruebas vinculadas con el posible conocimiento del diagnóstico por parte del sanatorio.
Por ese motivo, anuló la resolución provincial y ordenó que el tribunal correspondiente dicte un nuevo fallo, luego de analizar los elementos que, según el máximo tribunal, no fueron evaluados debidamente.
La decisión no significa que la Corte haya confirmado que el trabajador fue despedido por vivir con VIH ni que haya declarado responsable al sanatorio por discriminación. Lo que dispuso es que la Justicia tucumana vuelva a estudiar el caso y valore las pruebas relevantes antes de emitir una nueva resolución.
Fuente: Medios.















