Una vecina de Bariloche logró un fallo favorable contra una empresa de viviendas prefabricadas luego de pagar 115.590 dólares por una casa que nunca llegó a construirse.
La mujer había contratado en abril de 2024 a Eco Habitat Patagonia SRL, firma que comercializaba viviendas bajo el nombre El Montañés, y abonó cerca del 90% del valor acordado. Sin embargo, según consta en la demanda, la obra apenas tuvo un avance inicial con trabajos de movimiento de suelo y luego quedó paralizada.
Ante el incumplimiento de los plazos pactados, la compradora envió una carta documento e inició una instancia de mediación prejudicial, pero la empresa no respondió ni se presentó.
El reclamo llegó a la Justicia y la firma tampoco contestó la demanda, por lo que fue declarada en rebeldía. Frente a esa situación, el juez consideró acreditados los hechos planteados por la mujer y determinó que existió un incumplimiento contractual dentro del marco de la Ley de Defensa del Consumidor.
El fallo establece como primera medida que la empresa deberá entregar la vivienda comprometida en un plazo máximo de 20 días. En caso de que eso no sea posible, el contrato quedará resuelto y la firma deberá devolver los 115.590 dólares abonados, además de aplicar los intereses correspondientes.
Pero la condena también contempla una reparación económica adicional. La Justicia fijó una indemnización de 35.580.000 pesos por distintos conceptos, entre ellos daño moral, daño emergente y daño punitivo.
Reconocieron el impacto de no acceder a la vivienda
Dentro de la indemnización también fueron contemplados los gastos de alquiler que la mujer tuvo que afrontar durante el tiempo en que esperaba la entrega de una casa que nunca recibió.
El juez señaló que el perjuicio no se limitó al aspecto económico, sino que afectó un proyecto personal y familiar: el acceso a la vivienda propia y la posibilidad de construir un hogar.
Además, la resolución cuestionó la actitud de la empresa por no responder los reclamos de la clienta ni presentarse durante el proceso judicial. El fallo corresponde a primera instancia y todavía puede ser apelado.
Fuente: Medios.






